El BOE del pasado 9 de abril ha publicado la Ley 1/2026, de 8 de abril, de impulso de la economía social, una norma que introduce modificaciones relevantes en la Ley 27/1999, de Cooperativas, con impacto directo en la organización, funcionamiento y obligaciones de estas entidades.
La reforma responde a la necesidad de adaptar el modelo cooperativo a un entorno económico más digitalizado y exigente, incorporando nuevas herramientas de gestión, reforzando la participación de las personas socias y estableciendo medidas específicas en materia de igualdad.
Para el ámbito de la asesoría fiscal y societaria, los cambios obligan a revisar estatutos, procedimientos internos y sistemas de relación con los socios, especialmente en cooperativas de mayor dimensión.

Uno de los cambios más relevantes es la introducción de la página web corporativa como canal oficial de comunicación. Aunque su uso queda condicionado a la previsión estatutaria, la norma establece que será obligatoria para cooperativas con más de 500 socios, lo que implica nuevas obligaciones formales y registrales.
La creación, modificación o supresión de la web deberá ser aprobada por la Asamblea General, inscrita en el Registro de Sociedades Cooperativas y publicada durante al menos un mes.
Desde la perspectiva práctica, esta medida supone un refuerzo de la transparencia y un cambio en la forma de documentar comunicaciones societarias, con posibles implicaciones en la prueba y validez de las mismas.
La reforma permite que, si así lo recogen los estatutos, las comunicaciones con las personas socias se realicen por medios electrónicos, siempre que exista aceptación previa.
Además, se habilita el ejercicio telemático de derechos societarios, como el derecho de información o la participación en órganos de gobierno. Esto incluye la posibilidad de celebrar asambleas y reuniones del Consejo Rector por medios digitales.
Para las asesorías, este cambio exige analizar la adecuación de los estatutos y garantizar que los sistemas utilizados cumplan con requisitos de identificación, seguridad y trazabilidad.
La ley introduce mejoras en el acceso a la documentación social, permitiendo su ejercicio por vía telemática cuando así lo prevean los estatutos.
Este refuerzo del derecho de información incrementa las exigencias de transparencia y obliga a las cooperativas a mantener sistemas organizados de gestión documental accesibles para sus socios.
En materia de disciplina social, la reforma amplía los plazos de prescripción de las infracciones:
Además, se modifica el inicio del cómputo, que pasa a situarse en el momento en que el órgano de administración tenga conocimiento de la infracción, con un límite máximo de ocho meses desde su comisión.
Este cambio puede tener implicaciones en la gestión de conflictos internos y en la seguridad jurídica de los procedimientos sancionadores.
La Ley 1/2026 refuerza la integración de la igualdad en la estructura interna de las cooperativas.
Se introduce la posibilidad de crear una Comisión de Igualdad en cooperativas con más de 50 socios o cuando así lo acuerde el Consejo Rector. Asimismo, se establece la obligación de garantizar una presencia equilibrada de mujeres y hombres en los órganos sociales, con una proporción entre el 40 % y el 60 %.
Además, se prevé la implantación de planes de igualdad en cooperativas de trabajo asociado, lo que acerca su régimen al de las sociedades mercantiles en esta materia.
La norma actualiza el funcionamiento de la Asamblea General y del Consejo Rector.
En particular:
Estos cambios refuerzan la flexibilidad operativa de las cooperativas, pero también exigen un adecuado soporte jurídico y técnico.
La reforma introduce una medida de carácter social en el ámbito económico. Los estatutos podrán prever que el Consejo Rector autorice el aplazamiento o fraccionamiento de las aportaciones obligatorias en supuestos de vulnerabilidad o riesgo de discriminación.
Esta previsión puede afectar a la planificación financiera de la cooperativa y a la gestión de su capital social.
Se incorpora una nueva causa de descalificación orientada a detectar y sancionar las denominadas falsas cooperativas, es decir, aquellas que utilizan esta forma jurídica para fines ajenos a los principios cooperativos.
Para las asesorías, este punto refuerza la necesidad de analizar la adecuación real de la actividad y estructura de la entidad al modelo cooperativo.
La ley entró en vigor el 10 de abril de 2026, salvo la obligación de disponer de página web para cooperativas con más de 500 socios, que será exigible a partir de abril de 2027.
La reforma introduce cambios que trascienden lo meramente organizativo. La digitalización de las relaciones societarias, las nuevas exigencias de igualdad y las modificaciones en el funcionamiento interno obligan a las cooperativas a revisar su marco estatutario y operativo.
Para las asesorías fiscales y laborales, se abre un escenario en el que será clave anticipar adaptaciones, revisar riesgos y garantizar el cumplimiento normativo en un entorno cooperativo cada vez más exigente y profesionalizado.