La circulación en España estrena nuevas reglas. Desde el 1 de octubre de 2026 está en vigor la reforma del Reglamento General de Circulación aprobada por el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, que introduce cambios especialmente dirigidos a mejorar la seguridad de motoristas, ciclistas, peatones y usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP).
La reforma incorpora además un concepto relevante: el de usuarios vulnerables de la vía, que incluye, entre otros, a peatones, ciclistas, usuarios de VMP y ocupantes de motocicletas y ciclomotores.

Una de las principales novedades afecta al equipamiento. Los usuarios de motocicletas y ciclomotores deberán utilizar casco homologado y calzado cerrado, además de guantes de protección cuando circulen por vías interurbanas.
Las motocicletas deberán incorporar también un chaleco reflectante de alta visibilidad a su dotación obligatoria. Para quienes trabajan desplazándose en moto, ciclomotor, bicicleta o VMP, su utilización será obligatoria durante la actividad profesional.
La reforma permite además que las motocicletas utilicen excepcionalmente el arcén derecho cuando exista una retención, aunque únicamente en tramos autorizados y señalizados y con una velocidad máxima de 30 km/h.
Los vehículos de movilidad personal también quedan sometidos a nuevas condiciones. Se establece una edad mínima de 15 años para conducirlos y será obligatorio utilizar casco homologado o certificado.
También se refuerzan las exigencias de visibilidad y se mantienen importantes restricciones de circulación: los VMP no podrán utilizar aceras, autopistas, autovías, travesías ni túneles urbanos.
La protección de los usuarios vulnerables también llega a los adelantamientos. Al rebasar a peatones, ciclistas, VMP, ciclomotores o animales deberá mantenerse una distancia lateral mínima de 1,5 metros.
Cuando exista más de un carril por sentido, será necesario cambiar completamente de carril. Fuera de poblado, además, el vehículo deberá circular durante la maniobra al menos 20 km/h por debajo del límite máximo permitido en el tramo.
La reforma incorpora un nuevo marco para la movilidad urbana. Las aceras quedan reservadas a los peatones, mientras que las bicicletas podrán circular por la calzada cuando no exista una vía específica y hacerlo preferentemente por el centro del carril cuando las condiciones de seguridad lo permitan.
Los ayuntamientos dispondrán también de herramientas para desarrollar áreas de prioridad residencial, caminos escolares seguros y medidas de calmado del tráfico, así como restricciones relacionadas con criterios medioambientales.
Los cambios van más allá de los conductores particulares. Empresas de reparto, transporte, plataformas de movilidad y organizaciones con flotas o personal que se desplaza en moto, bicicleta o VMP deberán revisar sus equipos y protocolos internos.
La entrada en vigor de la reforma obliga así a mirar la movilidad también desde una perspectiva preventiva: conocer las nuevas obligaciones será esencial tanto para circular correctamente como para adaptar la organización del trabajo a las nuevas exigencias de seguridad vial.